Amelia Hernández: cambios en alternancia y paridad son un retroceso en la participación de las mujeres

La vocera del JNE explicó que estas modificatorias deberían ser reevaluadas. Sostuvo que “la pelota está en la cancha” de las organizaciones políticas.

Por: Leysel Flores – Pachamama Radio de Puno

La especialista del Jurado Nacional de Elecciones (JNE) Amelia Hernández sostuvo que el paso dado por el Pleno del Congreso para eliminar la alternancia de género en la plancha presidencial y limitar la paridad horizontal en las listas a gobiernos regionales, constituye un retroceso.

“Lo que se quiere es que las oportunidades sean tanto para hombres y mujeres”, dijo la vocera en dialogo  con el programa Voces del Sur, en su edición de Pachamama Radio de Puno. En la entrevista explicó que ambas modificaciones significan que las mujeres tendrán menos oportunidades para acceder a cargos ejecutivos.

Alternancia de género

Se comenzó a aplicar en las elecciones del 2020, con la puesta en vigencia de la Ley 31030. En su artículo 104, se establecía que los candidatos a la presidencia y vicepresidencia de la república que solicitaban  su inscripción en una misma fórmula debían incluir  a una mujer o a un hombre, ubicados de forma intercalada.

“Con esta modificatoria, se está eliminando la alternancia. Por ejemplo, con la ley anterior había dos opciones: hombre – mujer – hombre y aquí la mujer ocupaba la primera vicepresidencia. La otra opción era mujer – hombre – mujer. Con este cambio, solamente pueden elegir una opción, por ejemplo: hombre – hombre – mujer, que sería la opción que más utilizarían los partidos”, explicó Hernández.

Con ello, el artículo 104 ha quedado de la siguiente manera: los candidatos a la presidencia y vicepresidencia solicitan su inscripción en una sola y misma fórmula, la cual debe incluir, por lo menos a un hombre o a una mujer en su conformación.

Paridad horizontal

La otra modificación es la relacionada a la paridad horizontal que se tenía que dar en las cabezas de lista.

Hernández explicó que la Ley 31030 establecía que, si un partido político presentaba listas regionales en 20 regiones del país, en 10 de ellas tenía que tener a candidatas mujeres y en el resto a hombres.

Sin embargo, con la modificación del artículo 12 solo quedó establecido que en la fórmula de candidatos a los cargos de gobernador y vicegobernador regional se debe respetar el criterio de paridad. Lo otro fue dejado de lado.

“Lo que está estableciendo es que simplemente existirá una paridad en la formula regional de gobernador y vicegobernador”, refirió.

Hernández añadió que la aplicación de la paridad y alternancia sí permitieron que haya una mayor participación femenina. En los comicios del 2014, la única gobernadora electa fue Yamila Osorio en Arequipa, en el 2018 no se presentaron mujeres al cargo de gobernador, mientras que en 2022 (con la aplicación de la norma) resultaron electas dos gobernadoras: de Lima y Moquegua.

En su opinión, la solución a este problema recae en las organizaciones políticas, las cuales deberían incluir a más mujeres en sus listas de candidatos.

“Esta paridad  horizontal sí permite que haya más posibilidades de candidatas mujeres y si tenemos más, hay más opción para que salgan electas. Entonces, es un retroceso respecto a todo lo que se venía  avanzando”, expresó Hernández.