A medida que avanza el conteo de votos de la segunda vuelta presidencial, en redes sociales comenzaron a difundirse publicaciones que aseguran que el candidato de Juntos por el Perú, Roberto Sánchez Palomino, ya fue sentenciado e inhabilitado de por vida para ejercer cargos públicos.
Una de estas publicaciones señala: “Se dicta sentencia a R. Sánchez. Quedó inhabilitado de por vida, de ganar las elecciones quien juramentaría como presidenta sería Brígida Curo para el periodo 2026-2031”.
La publicación está acompañada por una captura de una transmisión de Justicia TV donde aparece el texto: “Dictan sentencia del candidato Roberto Sánchez”.
PerúCheck revisó el video y encontró que la afirmación es falsa.
El Poder Judicial no ha emitido una sentencia
El origen de la desinformación es una audiencia realizada por el Juzgado de Investigación Preparatoria de la Corte Superior de Justicia de Lima, presidida por el juez Adolfo Farfán y transmitida por Justicia TV el 5 de junio de 2026.
El video viral utiliza un fragmento de la audiencia judicial para sostener que ya existe una sentencia contra Roberto Sánchez. Sin embargo, una revisión completa de la intervención del magistrado muestra que este no está leyendo un fallo condenatorio, sino que resume el requerimiento presentado por el Ministerio Público durante la etapa intermedia del proceso.
En el extracto difundido, el juez señala textualmente: “Respecto a la pretensión punitiva que el Ministerio Público plantea en este requerimiento acusatorio subsanado respecto al presunto autor, el ciudadano Roberto Hébert Sánchez Palomino, se le atribuye en calidad de concurso real los delitos precisados de falseamiento de la información y falsa declaración en procedimiento administrativo”.
A continuación, el magistrado agrega: “Como pena concreta, la Fiscalía está solicitando tres años y cuatro meses de pena privativa de la libertad”. Asimismo, precisa que el Ministerio Público requiere “la inhabilitación con carácter definitivo”.
Estas expresiones son relevantes porque el propio juez indica que se trata de lo que “la Fiscalía está solicitando” dentro de su acusación. Es decir, no está imponiendo una condena ni dictando una sentencia, sino que describe la pretensión punitiva formulada por el Ministerio Público contra el investigado.
¿En qué consiste esta audiencia?
PerúCheck se comunicó con el abogado penalista Aarón Alemán, quien explicó que la audiencia corresponde a una sesión del Trigésimo Tercer Juzgado de Investigación Preparatoria de la Corte Superior de Lima sobre el auto de enjuiciamiento contra Roberto Sánchez Palomino por los presuntos delitos de falsa declaración en procedimiento administrativo (artículo 411 del Código Penal) y falseamiento de información sobre aportaciones, ingresos y gastos de organizaciones políticas (artículo 359-B del Código Penal).
“Según la tesis fiscal, durante el año 2019 se habría informado a la ONPE que la organización política no recibió aportaciones económicas, pese a que existirían depósitos por aproximadamente S/204.951,36 que no habrían sido reportados. Por estos hechos, el Ministerio Público solicita una pena de privación de libertad, además de una sanción de inhabilitación”, dijo Alemán.
Además, el especialista indicó que la determinación de responsabilidades aún no ha culminado, pues el caso se encuentra en proceso. “Será necesario establecer con precisión cuándo se habría producido la conducta atribuida al acusado y si esta ocurrió antes o después de la entrada en vigencia de dicho tipo penal. De acreditarse que los hechos fueron anteriores, resultaría aplicable el principio constitucional de irretroactividad de la ley penal desfavorable, lo que impediría sustentar una eventual condena en una figura delictiva inexistente al momento de la conducta investigada”, mencionó.
“Por el contrario, si los actos imputados se produjeron con posterioridad a la vigencia de la norma, corresponderá al Ministerio Público demostrar que el procesado tuvo conocimiento de la información presuntamente falsa y participó en su presentación ante la autoridad electoral, elementos indispensables para atribuir responsabilidad penal”, añadió.
Conclusión
El Poder Judicial no ha sentenciado ni inhabilitado de por vida a Roberto Sánchez. Lo que ocurrió fue la emisión de un auto de enjuiciamiento que dispone el pase del caso a juicio oral. La inhabilitación difundida en redes sociales corresponde a un pedido formulado por la Fiscalía dentro de su acusación y no a una decisión judicial firme. Por estos motivos, PerúCheck califica esta publicación como falsa.




